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La derrota del Derecho Internacional: El conflicto Palestino – Israelí y la situación en Siria

  • Catalina Álamo Misleh – egresada de Derecho, Universidad de los Andes, explica a Aldamir las principales conclusiones de su tesis de grado.

¿El Derecho Internacional Público y, concretamente, el Consejo de Seguridad y la Corte Internacional de Justicia de la ONU, han cumplido con los objetivos para los cuales han sido concebidos de resguardar la vida y los derechos de las personas? Al parecer no lo han hecho, a la luz de lo conflictos internacionales que siguen cobrando cada día más víctimas y para los cuales, además, no se vislumbra pronta solución. El caso palestino y el sirio son ejemplos de ello.  Esta situación genera un problema que trasciende la mera omisión de mecanismos eficaces de resolución de conflictos porque se ha dejado de salvaguardar la seguridad, la paz y el orden público internacional, generando desequilibrios que producen graves consecuencias, particularmente en materia de derechos humanos.

  • ¿Qué es el Derecho Internacional Humanitario Bélico?

Una definición apropiada para este concepto es “el conjunto de normas internacionales que pretenden la protección de los derechos fundamentales de la persona humana contra los daños bélicos superfluos.” Engloba tanto la necesidad de protección de las víctimas de los conflictos armados, así como los bienes materiales que no tengan destino bélico.

Las fuentes positivas del Derecho Internacional Humanitario son, principalmente el «Derecho de La Haya» -el conjunto de normas relativas a los deberes y derechos de los beligerantes-; las cuatro convenciones sobre Derecho Humanitario aprobadas en Ginebra en 1948; y los Protocolos facultativos I y II de 1974 sobre “protección de las víctimas de conflictos armados internos e internacionales”.

  • ¿Cuál es el rol de la Organización de las Naciones Unidas en relación a los conflictos internacionales?

El órgano que a nivel internacional ha sido destinado, desde la Segunda Guerra Mundial, a resolver conflictos es la Organización de las Naciones Unidas y en particular, la Corte Internacional de Justicia (CIJ) que es un órgano de carácter judicial que corresponde al órgano principal de la ONU.

El propósito de la ONU es principalmente promover y resguardar la paz y seguridad a nivel internacional, además de apoyar el progreso económico y social. Respecto de la CIJ, esta tiene un doble rol: se encarga, por un lado, del arreglo de las controversias de orden jurídico entre los Estados que le sean sometidas y la emisión de dictámenes consultivos sobre cuestiones jurídicas que le sometan los demás organismos de las Naciones Unidas.

Existen múltiples elementos cuestionables dentro de este organismo. El primero de ellos son los jueces. El talento, conocimiento y especialización en la materia de Derecho Internacional, no son cualidades que caractericen a los jueces. Si la Corte Internacional de Justicia no cuenta con los jueces especializados, imparciales y competentes en materias del Derecho Internacional, ya estamos ante una gran debilidad de las Naciones Unidas como órgano.

Un segundo elemento a analizar es la activación de la justicia internacional institucionalizada. El hecho de que los Estados sean completamente libres de aceptar o no aceptar la jurisdicción de la Corte es un tema que limita la activación de la jurisdicción de la corte, lo que es tremendamente peligroso en situaciones de ocupación, como es el caso del conflicto Palestino-Israelí.

Un tercer elemento objeto de crítica es la extrema lentitud con la que se desarrolla el procedimiento. En virtud a las tareas que se le han encomendado, independientemente de cuán complejos sean los asuntos que se le presenten, la Corte debería, aplicando los principios procesales de celeridad y economía procesal, hacer los esfuerzos que sean necesarios para resolver en forma expedita las controversias y conflictos que surjan.

Un cuarto elemento a destacar dice relación a las partes del conflicto. A lo largo del tiempo, se han evidenciado enormes diferencias en relación a cómo se las trata. Se les otorga notorios privilegios a las grandes potencias, dejando desprotegidos al resto de los países que no poseen poderío nuclear.

  • ¿De qué se trata el conflicto palestino-israelí?

El Estado de Israel ha controlado los territorios ocupados desde el 5 de junio del año 1967, siendo el hito que marca dicha ocupación la Guerra de los Seis Días, donde Israel Ataca a Egipto y amplía sus fronteras de forma considerable. A partir de ese momento, Israel ha estado realizando cambios legislativos y demográficos que han afectado los derechos humanos de las personas bajo la ocupación, lo que ha generado un manifiesto atraso en la región.

Una vez constituida la ocupación en tierras palestinas, se establece un gobierno militar que tiene grandes potestades, tanto respecto de la población israelita como de la palestina, para hacer cambios de diversa índole, entre ellos cambios legislativos. En esta línea, se consolidaron tribunales israelíes creados con poder ejecutivo para concluir y ratificar tratados internacionales de forma casi unilateral. Todas estas potestades y muchas otras se consagran y legitiman en razón, según plantea Israel, de mantener el orden y la seguridad en la región.

  • ¿Cuál es el ámbito legislativo del conflicto?

Israel, en su rol de potencia ocupante de las tierras palestinas, se rige bajo las normas de Derecho Internacional. Sin embargo, estas normas son peligrosamente amplias y con múltiples vacíos legales, lo que provoca que Israel tenga gran discrecionalidad a la hora de ejercer su poder de imperio. Aplica un control y dominio casi absoluto sobre la población palestina e ignora, en forma sistemática, los reproches de la ONU así como las críticas de las demás potencias a nivel global. De este modo, el Tribunal Supremo de Israel estableció que la costumbre internacional es parte del sistema jurídico israelí y por tanto, su incorporación es automática y no tiene que ser confirmada mediante un acto legislativo por el parlamento israelí (Knesset).

A nivel particular, Israel claramente ha incumplido la resolución número 237 de 1967, en la cual se exigía a dicha nación que garantizara la protección, seguridad y bienestar de los habitantes de las zonas donde se habían producido los enfrentamientos militares y que se dieran las condiciones para el regreso de las personas desplazadas. Además es manifiesta la violación del inciso primero del artículo 27 del IV Convenio de Ginebra, el cual establece en su inciso primero que: “Las personas protegidas tienen derecho, en todas las circunstancias, a que su persona, su honor, sus derechos familiares, sus convicciones y prácticas religiosas, sus hábitos y sus costumbres sean respetados. Siempre serán tratadas con humanidad y protegidas especialmente contra cualquier acto de violencia o de intimidación, contra los insultos y la curiosidad pública.”

Que el Derecho Internacional sólo se ocupe de establecer las obligaciones y facultades que tiene el gobierno ocupante frente al territorio ocupado genera un problema: la organización del gobierno militar no la regula el Derecho Internacional, sino que es el propio Estado ocupante quien delega estas funciones en el territorio ocupado, de conformidad con la normativa internacional. Esto ha generado que en los enclaves judíos en Palestina se han realizado cambios legislativos que tienen en consideración al derecho israelí, violando así el derecho del pueblo palestino a su autodeterminación, a tener un Estado independiente y no supeditado a las decisiones de la potencia ocupante de Israel.

  • ¿Por qué se considera a Siria como un conflicto con múltiples aristas?

En marzo del año 2011 comenzaron violentas manifestaciones en la República Árabe Siria, las cuales surgieron como consecuencia de las brutales represalias y utilización de armas químicas por parte del gobierno de Bashar al-Ásad en varias ciudades, para impedir el avance de la primavera árabe.

En un principio la oposición hacia los actos del gobierno sirio fue de origen nacional: el Consejo Nacional de Siria, el Comité de Coordinación Nacional y el Ejército Sirio Libre. Sin embargo, con gran rapidez comenzaron a surgir grupos yihadistas, el Estado Islámico, entre otros. Desde el comienzo de los acontecimientos hasta el día de hoy la violencia en Siria no pareciera dar tregua. En efecto, las brutales represalias y enfrentamientos entre diversos bandos estatales como no estatales han provocado graves consecuencias hasta el punto de que este conflicto se ha convertido en uno de los más crueles y sangrientos de los últimos tiempos, situación que se da principalmente por los intereses geoestratégicos de los involucrados.

Hoy nos enfrentamos a un conflicto armado muy difícil de entrañar, en donde se han producido crímenes de lesa humanidad y de guerra, transgrediendo  un sin número de normas del derecho internacional.

  • ¿Cómo se reflejan las debilidades de las Naciones Unidas en la crisis siria?

Si bien el Consejo de Seguridad de la ONU ha emitido gran cantidad de resoluciones respecto del conflicto sirio es menester que nos cuestionemos cuán eficaces han sido estas. Adoptar una resolución no ha sido tarea fácil para el Consejo de Seguridad, muchas veces se ha tenido que recurrir a la fórmula de las Declaraciones de la Presidencia del Consejo, las cuales consisten en declaraciones formuladas por la Presidencia del Consejo de Seguridad en nombre del Consejo. Muchas de estas declaraciones son en extremo extensas, además, no deja de llamar la atención que algunos de los preámbulos son mucho más largos que la parte dispositiva.

Sin perjuicio de lo anterior, el gran problema está en que cuando se está más cerca de llegar a un acuerdo concreto, el ejercicio del derecho de veto impide que esto ocurra, poniendo en duda la credibilidad de la ONU. En efecto, desde que terminó la Guerra Fría, el caso de Siria es el ejemplo principal de inoperancia del Consejo por la influencia de los intereses geoestratégicos de los múltiples actores, resultando, entre otras cosas, bastante alarmante el alto número de vetos.

Sumado a lo anterior, la Comisión de Investigación sobre Siria también ha criticado al Consejo, estableciendo, en su séptimo informe, que «El Consejo de Seguridad es responsable de permitir que las partes en conflicto infrinjan impunemente esas normas» y recomendando una vez más al Consejo, en su octavo informe, que remita la situación en Siria a la Corte Penal Internacional, el cual es un tribunal de última instancia para el enjuiciamiento de crímenes graves internacionales.

  • ¿Existe alguna solución a estas injusticias tanto en el caso de Palestina como de Siria?

A nivel particular no deja de llamar la atención que la ONU aún mantenga el conflicto Palestino-Israelí por ya casi siete décadas, con un saldo negativo de dolor, muerte y desesperanza pocas veces visto en la historia de la humanidad y ante una relativa desidia de la Comunidad Internacional.

Para detener esta situación no parece existir otra solución más razonable que crear un organismo internacional con verdadera voluntad política para cumplir con la observancia del respeto y la paz por parte de la Comunidad Internacional, aplicando medidas coercitivas al infractor en caso de un incumplimiento grave de aquellas. Sería un gran avance incitar a la Asamblea General de las Naciones Unidas para llevar a cabo la creación de un Tribunal Penal Internacional para Palestina para así condenar a Israel por las múltiples violaciones al derecho penal internacional y al derecho internacional humanitario. 

Acerca de la guerra de la República Siria es innegable que ésta pone a prueba múltiples instituciones del Derecho Internacional Público como son, por ejemplo, el Derecho Penal Internacional, el Derecho Internacional Humanitario, el principio de no intervención y  la legítima defensa.

El grado de complejidad es bastante serio porque son múltiples conflictos que involucran a un sinnúmero de actores y de frentes, con consecuencias que sobrepasan con creces la frontera siria, dejando consecuencias devastadoras en dicho país, las cuales requerirán soluciones más allá de una estrategia netamente militar.

30 thoughts on “La derrota del Derecho Internacional: El conflicto Palestino – Israelí y la situación en Siria

  1. Felicitaciones por este gran trabajo. Me ayudó mucho a entender el contexto de estos conflictos. Lo que se puede inferir de esto es que al parecer la solución depende de aunar voluntades entre las grandes potencias, cosa que hasta el momento parece difícil de alcanzar.

  2. Buenísimo comentario, el derecho internacional y los estados más poderosos han dejado a muchas naciones a la merced de los bombardeos y ataques, cobrando miles de vidas inocentes anualmente. Queda mucho por mejorar si realmente quieren cumplir sus funciones manteniendo la paz y resguardando la seguridad mundial, ya que los conflictos bélicos y la crisis de migración actual necesitan soluciones urgentes y el resguardo de las garantias mínimas para poder ofrecerles oportunidad de sobrevivir a estas personas, víctimas de conflictos que no comenzaron y que nadie quiere ayudar a terminar.

  3. Muy completo y claro este artículo. Pareciera que el ONU adolece de falta de independencia, imparcialidad y objetividad. El ánimo de favorecer solo a las grandes potencias y de no quedar mal con alguna de ellas claramente lleva a la inacción de su parte. A veces la solución correcta no está en dar en el gusto a todos.

  4. Un excelente artículo. Muy informativo en especial para las personas que no están tan interiorisadas con este conflicto. Además de saber cómo están actuando y cómo han abordado los Organismos Internacionales este conflicto. Lo esencial es que alguna vez cese por el bién de todos. Excelente Artículo. Felicitaciones a la persona que lo realizó.

  5. Este articulo lo encontré super interesante y deja entrever varias falencias que ya conocía sobre el rol de la ONU en estos tipos de conflictos. Concuerdo contigo en que seria necesario un nuevo organismo que pueda llevar a cabo esas ideas o que de alguna u otra manera, pueda auditar o evaluar a la ONU en esta materia.
    Slds

  6. Desde una mirada histórica y posterior al término de la 2da guerra mundial gran parte de los gobiernos de Europa acordaron y dieron facilidades para la istalación del pueblo judio en los territorios que ocupaba la nación Palestina en compensación de las atrocidades que este pueblo tuvo que pasar con la llegada del nacismo al poder en Alemania, sin embargo todo el daño que se les causo a este pueblo ellos lo repiten hasta estos días con el pueblo Palestino y de verdad creo que la solución a este conflicto no es fácil ya que muchas potencias ayudaron a que esto sucediera y ahora miran para el lado, aparte de que algunas potencias se han aliado con el estado israelí que ha tenido un desarrollo más rápido y progresivo en desmedro a sus vecinos. Creo que los gobiernos europeos que propiciaron la ocupación de Israel deben política y en ultimo caso militarmente ayudar a Palestina, para que esta nación pueda lograr el equilibrio y paz que le arrebataron cuando tomaron la decisión de apoyar la instalación del pueblo judio en compensación a la persecución y exterminio que vivieron en el pasado. La ONU en una opinión personal creo que no esta capacitada para ayudar en estos casos ademas de las incompetencias ya expuestas en el articulo, hay intereses creados y no considero que sean parte de la solución, mas bien son parte del problema. Mis felicitaciones a Catalina por su articulo, ya que es bueno que estos conflictos se den a conocer, aun cuando se minimice por su lejanía y desconocimiento para la mayoría

  7. Gracias Catalina por la excelente columna, es muy importante que se haga el trabajo de divulgación científica de lo que está pasando a la comunidad, explicando de manera clara y sencilla, como lo has hecho, el conflicto político y jurídico en Palestina y Siria. La paz y justicia depende de lo que hagamos hoy nosotros.

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